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Aprueba Segundo Parlamento de Mujeres 2025 se descuente la pensión alimenticia del salario bruto del trabajador

Publicado por Redacción
marzo 21, 2025
estás en Congreso, Destacadas, Diputados
Tiempo de lectura: 2 minutos
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Aprueba Segundo Parlamento de Mujeres 2025 se descuente la pensión alimenticia del salario bruto del trabajador

El Dictamen fue turnado al Comité Organizador del Segundo Parlamento de Mujeres 2025, de la 76 Legislatura para su trámite conducente

Morelia, Michoacán; a 21 de marzo de 2025.- Con la finalidad que dentro de la demanda para reclamar la pensión alimenticia, se aplique el descuento correspondiente al salario bruto de la persona trabajadora, las diputadas integrantes del Segundo Parlamento de Mujeres del Congreso del Estado aprobaron reformar el Código Familiar de Michoacán.

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La propuesta presentada por la ciudadana Jhoana Teresa Ponce de León Velasco, fue dictaminada por la Comisión de Justica, presidida por Marisa Karena Espinoza Ayala e integrada por María Regina Arciniega Yépez, Arely Elizabeth Rodríguez Ortiz, Maryflor Rojas González, Luz Edith Silva Calderón, Gloria Andrea Baltazar Álvarez, así como la misma presentadora.

En este sentido, “la base salarial sobre la que se calcula el monto de la pensión alimenticia, comprende todos los ingresos que obtiene el deudor alimentario y , por ende, los descuentos establecidos deben hacerse sobre el cien por ciento de sus ingresos reales”, argumenta el dictamen.

Por ello, se reformaron los artículos 464 y 471 del Código Familiar del Estado para establecer que en el auto de administración de la demanda, el juez de instrucción comunicará a la fuente laborar del deudor, para que la deposite ante el juzgado del conocimiento o haga la entrega directa de la misma al que exige los alimentos a elección de este, descontando la pensión alimenticia del salario bruto del trabajador.

En este contexto, las parlamentarias destacaron que el pasado 8 de marzo, se aprobó por parte de la 76 Legislatura, el Decreto 165, que contiene diversas disposiciones, en materia de deudores alimentarios, que complementa esta propuesta, para generar las condiciones normativas en garantizar los alimentos hacia los menores y su desenvolvimiento óptimo dentro de la sociedad.

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